REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 4 de Diciembre de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : XL01-P-2002-000001
ASUNTO : XL01-P-2002-000001
AUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA
Visto el cumplimiento de pena del penado JUAN CARLOS CONDE, este Tribunal de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, una vez revisadas las actas que conforman el Expediente N° 1E-604-02, DECRETA: la Libertad Plena del Penado JUAN CARLOS CONDE, Indocumentado, por el cumplimiento de la pena impuesta, que según decisión de fecha 23/07/2.002, culminó el 01 de Diciembre de 2.002, de conformidad con lo establecido en los Artículos 44, ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, y quien fue condenado a cumplir la pena de Un (01) año y Seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de Hurto Simple, en grado de cooperación, previsto y sancionado en el Artículo 453, del Código Penal, en concordancia con el Articulo 83 Ejusdem, mas las penas accesorias previstas en los artículos 16 y 34, Ibidem. SEGUNDO: Remítase copia de la presente decisión a la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Interior y Justicia, Dirección de Antecedentes Penales, Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Estado Amazonas, Defensor Público Publico Tercero Penal de este Circuito Judicial y al penado; asimismo. TERCERO: Librese Boleta de Ex-carcelación al referido Ciudadano. CUARTO: Remítase el presente expediente a la Oficina de Archivo Judicial, una vez recibidas las resultas anteriores. Líbrense los oficios respectivos.-
El Juez de Ejecución de Sentencias,
Dr. Diosnardo Antonio Frontado Vargas.
La Secretaria,
Abg. Thais Marquinez
Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede.
La Secretaria,
Abg. Thais Marquinez
Exp. N° 1E-604-02.