REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO. JURISDICCION MERCANTIL.

Puerto Ayacucho, Treinta y uno (31) de Julio de Dos Mil Tres.
193º y 144º


En el día de hoy, Treinta y Uno (31) de Julio de Dos Mil Tres (2003), siendo las 2:30 p.m., y no habiendo comparecido la ciudadana PAULA TERESA CHALILA DE SILVA, en su carácter de demandada a hacer el pago o formular oposición ni por sí ni por medio de Apoderados, así lo hace constar el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, por cuanto el Decreto de Intimación de fecha 07-07-03, se encuentra definitivamente firme, se procede como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
EL JUEZ TEMPORAL,

ABOGº. JUAN ANDRES MATTEY LIRA
LA SECRETARIA TEMP,

ABOGº MARGELIS CASANOVA


JAML/MC/Esperanza.-
EXP. MERCANTIL Nº 2003-1.152