REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO- JURISDICCION MERCANTIL.
Puerto Ayacucho, Trece (13) de Junio de Dos Mil Tres.

193º y 144º

Vista el acta de embargo de fecha 10-06-03 en donde se evidencia que el demandado y la demandante convinieron en la demanda y que la demandante solicita se homologue el presente procedimiento y la entrega de la Letra de Cambio original objeto de esta demanda; el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el articulo 363 del Código de procedimiento Civil y ordena el archivo del expediente. Asimismo ordena hacer entrega por secretaria de la mencionada letra previa certificación en autos. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABOGº. JUAN ANDRES MATTEY LIRA

LA SECRETARIA,

GLADIS QUIÑONES
JAML/GQ/cely
EXP. MERC. Nº 2003-1.129