REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS

Puerto Ayacucho, 13 de noviembre de 2003
193º y 144º

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada EDITA FRONTADO, actuando con el carácter acreditado en autos, mediante la cual desiste del presente procedimiento, e igualmente solicita le devuelva el instrumento objeto de la presente demanda y se ordene el archivo del expediente, este Tribunal admite dicha solicitud cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia le imparte la HOMOLOGACIÓN a dicho desistimiento, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil y se ordena la devolución del original de la letra de cambio solicitada, previa certificación, la cual reposa en la Secretaría de este Tribunal. En consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
El Juez Titular,

MIGUEL ANGEL FERNANDEZ
La Secretaria Temporal,

Juana Colmenares R.



Exp. Nº 03-5888
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