REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

Puerto Ayacucho, 06 de Noviembre del año 2.003
193° y 144°

Vista la solicitud formulada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abg. Jamess Josué Jiménez Meleán, quien solicita conforme la Prueba Anticipada una Inspección Judicial, según lo establecido en el artículo 307 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Cuenta Corriente N° 0108-0981-0100025072, sobre la emisión de cheques emitidos a nombre de la Asociación Civil de Conductores Los Acacios, con la finalidad de dejar constancia de lo siguiente: 1°) Monto de la apertura de la cuenta efectuada el día 17-12-02. 2°) Monto total de los depósitos efectuados en fecha 17,19, 28 y 30 de diciembre del año 2.002. 3°) Los depósitos efectuados en fechas 7, 15, 17, 20, 23, 24 y 28 de Enero del año 2.002. 4°) Los depósitos efectuados el 7, 13 y 25-02-02. 5°) Los depósitos efectuados el 12-03-03. 6°) Los depósitos en fecha 10 y 29-04-03; 7, 8, 9, 12, 18, 21, 26 y 27-05-02; así como los días 3, 5, 6, 9, 11, 12, 13, 17 y 20 -06-03. 7°) El monto de los retiros efectuados desde los días 9, 23 y 29-01-03; los días 5,16, 18, 24 y 28-02-03; los días 7, 12, 13, 14, 18, 21, 26 y 28-03-03; los días 11, 16, 22, 23 y 28-04-03; los días 2, 5, 7, 9, 13 y 15-05-03; los días 3, 19 y 20-06-03; este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda; PRIMERO: Trasladar al Tribunal a la sede del Banco Provincial de esta ciudad el día Lunes 10 de Noviembre del año en curso, a las 3:00 pm, a los fines de practicar como prueba anticipada la inspección judicial, según lo establecido en el artículo 307 del Código Orgánico Procesal Penal, en la Cuenta Corriente N° 0108-0981-0100025072, sobre la emisión de cheques emitidos a nombre de la Asociación Civil de Conductores Los Acacios, con la finalidad de dejar constancia de lo siguiente: 1°) Monto de la apertura de la cuenta efectuada el día 17-12-02. 2°) Monto total de los depósitos efectuados en fecha 17,19, 28 y 30 de diciembre del año 2.002. 3°) Los depósitos efectuados en fechas 7, 15, 17, 20, 23, 24 y 28 de Enero del año 2.002. 4°) Los depósitos efectuados el 7, 13 y 25-02-02. 5°) Los depósitos efectuados el 12-03-03. 6°) Los depósitos en fecha 10 y 29-04-03; 7, 8, 9, 12, 18, 21, 26 y 27-05-02; así como los días 3, 5, 6, 9, 11, 12, 13, 17 y 20 -06-03. 7°) El monto de los retiros efectuados desde los días 9, 23 y 29-01-03; los días 5,16, 18, 24 y 28-02-03; los días 7, 12, 13, 14, 18, 21, 26 y 28-03-03; los días 11, 16, 22, 23 y 28-04-03; los días 2, 5, 7, 9, 13 y 15-05-03; los días 3, 19 y 20-06-03, por considerar que llena los requisitos del artículo 307 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que por su naturaleza debe ser considerado un acto definitivo e irreproducible. SEGUNDO: Notifíquese al Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y a la Abg. Anayibe Rodríguez Mogollón. TERCERO: Ofíciese a la Coordinación de Defensoría Pública Penal, para que designe un defensor público, a los fines de que asista a la ciudadana: Rudy Bexaida García en la inspección judicial. CUARTO: Líbrense boletas de citación a los ciudadanos: Rogelio Castiñeira y Rudy Bexaida García. Cúmplase.-
La Jueza Tercera de Control

Dra. Rossana Foresto de Ventura.
La Secretaria.

Abg. Evelin Mendoza.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

La Secretaria.


Abg. Evelin Mendoza.




Solicitud N° 3Cs-049-03