REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRICION JUDICIAL DEL
ESTADO AMAZONAS

Puerto Ayacucho, 28 de octubre de 2003
193º y 144º

Vista la diligencia que antecede, de fecha veintitrés (23) de octubre de 2003, suscrita por el profesional del derecho MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.184.874, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.899, actuando con su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ALONZO BENITEZ DUARTE, mediante la cual de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, manifiesta su DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento en el presente juicio que por INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO incoara en fecha 07/04/2003. Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho dicho desistimiento. En consecuencia, se imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente. Cúmplase. Así se decide.
El Juez,

MIGUEL ANGEL FERNANDEZ
La Secretaria Temporal,

JUANA COLMENARES R.
Exp. N° 03-5804
e.@.t.