REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL CON FUNCIONES DE JUICIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
193° y 144
Puerto Ayacucho, 28 de octubre de 2003
Visto el escrito presentado por el Abg. JAMESS JIMÉNEZ MELEAN, actuando en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual de conformidad con lo establecido en los artículos 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el ordinal 9° del artículo 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, decreta el ARCHIVO FISCAL de las actuaciones contentivas en la causa N° 1U-103-03, seguida al ciudadano: JOSÉ ANTONIO ESCOBAR, con cédula de identidad N° 8.947.487, por cuanto no hay elementos suficientes para imputarle el delito de AMENAZA, y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia. En consecuencia este Tribunal atendiendo el decreto de ARCHIVO FISCAL anteriormente mencionado emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se deja sin efecto lo acordado en auto de fecha 27 de octubre de 2003, mediante el cual se fijó para el día 15 de diciembre de 2003, a las 09:30 a.m, la oportunidad para celebrarse el Juicio Oral y Publico; Segundo: Se decreta el cese de la medida cautelar impuesta al ciudadano JOSÉ ANTONIO ESCOBAR, en la audiencia de presentación de fecha 23 de julio de 2003. Tercero: Se acuerda notificar al imputado, al Defensor Publico Sexto Penal, al Fiscal del Ministerio Publico y a la víctima del Acto Conclusivo y de lo acordado en el presente auto. Lìbrense boletas. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO,
ABG. JAIRO AÑEZ OROPEZA
LA SECRETARIA,
ABG. MARGELYS CASANOVA
CAUSA N° 1U-103-03