REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

Puerto Ayacucho, 08 de Septiembre de 2003.
193° y 144°

Por recibida la presente causa, procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, signada con el Nº 97-5963, nomenclatura del referido Tribunal, en la cual ese Juzgado condeno a los Ciudadanos: CESAR AUGUSTO CAICEDO TOVAR, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-1.565.549, natural de Cunaviche, Estado Apure, de estado civil, casado, agricultor, residenciado en el Barrio Casiquiare, casa N° 10, en Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, hijo de Domiquila Tovar y de Lino Caicedo; LUIS ALBERTO GOMEZ GUERRA, Venezolano, natural de Puerto Ayacucho, titular de la cedula de identidad No. V-8.904.162, de estado civil, soltero, de profesión u oficio Ex-Militar, residenciado en la Urbanización “Marcelino Bueno”, casa No. 8, Vereda 1, en Puerto Ayacucho, Estado Amazonas y LUIS ALEJANDRO RUIZ, Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de Profesión, Medico Veterinario, Divorciado, hijo de Rafael Augusto Ruiz García, de 48 años de edad, titular de la cedula de identidad No. V-4.388.060, residenciado en la Urbanización Simón Bolívar, calle N° 01, casa N° 28, Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, quienes fueron condenados a cumplir la pena de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, por la comisión de los delitos de Actividades en Áreas Especiales o Ecosistemas Naturales e Instigadores en el Delito de Degradación de Suelos, Topografías y Paisajes, que se amplia como Instigadores al Delito de Destrucción de Vegetación en las Vertientes, previsto y sancionado en los Artículos 43, único aparte, 53 y 58 de la Ley Penal del Ambiente, en relación con el Articulo 284, ordinal 2 del Código Penal, en perjuicio de la Nación, mas las accesorias previstas en los Artículos 16 y 34 Ejusdem, en consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución de Sentencias de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: LA EJECUCION DE LA PENA impuesta a los Ciudadanos CESAR AUGUSTO CAICEDO TOVAR, LUIS ALBERTO GOMEZ y LUIS ALEJANDRO RUIZ, anteriormente identificados, de conformidad con el Articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de la ejecución de la pena ordenada en este acto y conforme a lo pautado en el primer aparte artículo 480, Ejusdem, en virtud de que los penados antes señalados, en los actuales momentos se encuentra en libertad y que en el presente caso procede Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena, se ordena notificar a los penados CESAR AUGUSTO CAICEDO TOVAR, LUIS ALBERTO GOMEZ y LUIS ALEJANDRO RUIZ, anteriormente identificados, de que deben comparecer por ante el Servicio Psico-Social adscrito a este Circuito Judicial, a los fines de que se le fije oportunidad para practicar el Informe Psico-Social, a los fines de considerar el Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena. Remítase copia de la presente decisión al Director de Custodia y Rehabilitación del Ministerio del Interior y Justicia, al Director de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público, al Defensor Privado Abg, Magno Barro Sotillo, y a la Defensora Publico Primero Penal y a la Oficina de la ONIDEX. Librasen los oficios y Boletas respectivos. Cúmplase.-
El Juez de Ejecución,


Abg. Diosnardo A. Frontado Vargas
La Secretaria,


Abg. Thais Marquinez
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,


Abg. Thais Marquinez

Exp. Nº 1E-582-02.