REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
Puerto Ayacucho, Cuatro (04) de Septiembre de Dos Mil Tres.
193º y 144º

Vista la anterior Acta de Convenimiento de fecha 03-09-03, suscrita por la ciudadana IRAMA MONTERO DE HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.528.796, en su carácter de Procuradora Especial del Trabajo del Estado Amazonas y representante legal del ciudadano ARNALDO JOSE BASTIDA parte demandante; y el ciudadano HUMBERTO BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.002.539, debidamente asistido por el Abogado OLNAR ALBERTO ORTIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.969.516 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 85.603 parte demandada en el presente juicio, mediante la cual convienen en la demanda en los términos de la presente Acta. El Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho al orden público ni está prohibida por la Ley y versa sobre derechos disponibles le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil sin el archivo del expediente.
EL JUEZ TEMPORAL,

ABOGº. JUAN ANDRES MATTEY LIRA
LA SECRETARIA,

ABOGº. GLADIS QUIÑONES
Exp.Laboral Nº 03-1.160
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