REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 26 de Abril de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : XL01-P-1999-000001
ASUNTO : XL01-P-1999-000001
Visto el Oficio N° 0907-04, fechado 16-04-04, proveniente de la Comandancia General de Policía del Estado Amazonas, mediante el cual informa a este Despacho que el penado ALCIDES RAFAEL DOMINGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.325.253, quien goza del beneficio de Destacamento de Trabajo no se presentó a su lugar de reclusión ubicado en el Reten Policial del Comando de la Policía del Estado Amazonas a la hora que es las 6:00 de la tarde, hora establecida para su presentación y hasta la presente continua ausente. Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Revoca el Beneficio de Destacamento de Trabajo, de conformidad con el Articulo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, por incumplir con las condiciones impuestas en el momento de acordársele el Beneficio de Destacamento de Trabajo al penado ALCIDES RAFAEL DOMINGUEZ antes identificado. En consecuencia se ordena remitir copia de la presente decisión al Director de Custodia y Rehabilitación del Ministerio del Interior y Justicia, al Director de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público, a la Defensora. Librense los oficios respectivos. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución,
Abg. América Vivas de Ocaciones
La Secretaria,
Abg. Thais Marquinez
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior
La Secretaria,
Abg. Thais Marquinez