REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO. JURISDICCION LABORAL.
Puerto Ayacucho, Trece (13) de Agosto de Dos Mil Cuatro (2004).
194° y 145°
Vista la anterior diligencia de fecha 11-08-04, suscrita por la abogada IRAMANA MONTERO DE HERNANDEZ, Procuradora Especial del Trabajo de este Estado y Representante legal del ciudadano OSWALDO GUERRA, plenamente identificados en autos, parte demandante, mediante la cual, desiste de la acción y del presente procedimiento, el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil con el correspondiente archivo del expediente. Cúmplase.-
EL JUEZ,

ABOG. JUAN ANDRES MATTEY LIRA
LA SECRETARIA,

ABOGº. GLADIS QUIÑONES.
JAML/GQ/alba
EXP. Merc. N° 2002-1031