REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO. JURISDICCION LABORAL
Puerto Ayacucho, Dos (02) de Agosto de Dos Mil Cuatro.
194° y 145°
Visto el convenimiento de fecha 29-07-04, suscrito por el ciudadano VICTOR RAMON ROSALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.949.467, en su carácter de Representante Legal de la demandada Empresa DISTRIBUIDORA ISLA DEL VAPOR C.A., debidamente asistido por el abogado en ejercicio ANGEL NEPTALI SARMIENTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.882, por una parte y por la otra, el ciudadano JULIO FIDEL MEDINA SOTILLO, en su carácter de parte demandante, debidamente asistido por la abogada EDITA FRONTADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.784, mediante el cual CONVIENEN en los términos expuestos por ellos, y solicitan se homologue el presente convenimiento sin el archivo del expediente, el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil sin el archivo del Expediente.-
EL JUEZ,

ABOGº JUAN ANDRES MATTEY LIRA.
LA SECRETARIA,

ABOGº GLADIS QUIÑONES

Exp. Lab. N° 2004-1.376
Silvia.-