Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 1 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000137
ASUNTO : XK01-X-2004-000088


ACTA DE INHIBICIÓN

De conformidad con lo previsto en el Artículo 89, del Código Orgánico Procesal Penal:
"La inhibición se hará constar por medio de un acta que suscribirá el funcionario inhibido".

Visto que en fecha 15 de Noviembre del año en curso, asumí mis funciones como Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, una vez culminado el periodo vacacional; y actuando de conformidad con lo previsto en el articulo 86 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, ME INHIBO formalmente de conocer el presente asunto, en virtud que el imputado, ciudadano DASILVA VAUMIL, indocumentado, de nacionalidad brasilera, residenciado en San Gabriel, Brasil, imputado en el asunto Penal N° XP01-P-2004-000137, por la comisión de los delitos de Agavillamiento, previsto y sancionado en el artículo 287 del Código Penal, Cambio de Flujos y Sedimentación, Extracción ilícita de materiales, Contaminación de aguas subterráneas, Degradación de suelos, Topografía y Paisajes y Actividades en áreas especiales o ecosistemas naturales, de conformidad con los artículos 30,31,32,43 y 58, respectivamente, en concordancia con los artículos 1 y 13 todos de la Ley Penal del Ambiente en perjuicio del Estado Venezolano; designó como su Defensora Privada a la Abg. Edita Frontado, quien a su vez es mi hermana; lo cual violaría el principio de imparcialidad, al conocer de la misma. En consecuencia este Juzgado ACUERDA: En virtud del fin previsto en el primer aparte del Artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal "La recusación o la inhibición no detendrán el curso del proceso, cuyo conocimiento pasará inmediatamente, mientras se decide la incidencia, a quien deba sustituir conforme a la ley", remitir el asunto Penal N° XP01-P-2004-000137 al Juzgado Segundo de Juicio de esta Circunscripción Judicial, y el Cuaderno Separado signado con el N° XK01-X-2004-000088, a la Corte de Apelaciones de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines que conozca de la presente inhibición. CUMPLASE
Juez Primero de Juicio,

La Secretaria
Abg. DIOSNARDO ANTONIO FRONTADO VARGAS

Abg. Geraldine Saad