REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 4 de Febrero de 2004
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : XY01-D-2003-000007
ASUNTO : XY01-D-2003-000007


AUTO DE SUSPENSIÓN DE CUMPLIMIENTO DE MEDIDA

De la revisión exhaustiva de los archivos de este Tribunal se pudo constatar la existencia de dos (2) asuntos seguidos por este Tribunal de Ejecución, que guardaban relación con el sancionado JOSE GREGORIO ALVAREZ CADENA, quien fue sancionado por el Tribunal Primero de Control Sección de Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en fecha 12 de marzo de 2003, quien le impuso la medida de LIBERTAD ASISTIDA por un periodo de un (1) año de conformidad con lo establecido en los artículos 529, 620 literal "d", 622 y 626 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y posteriormente fue sancionado con la medida de PRIVACION DE LIBERTAD por un periodo de Dos (2) años y Once (11) meses de conformidad con lo establecido en el artículo 628 parágrafo segundo literal b) de la Ley Orgánica que rige la materia de Adolescentes por el Tribunal Primero de Juicio Sección de Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en fecha 03 de Junio de 200, lo que hace imposible el cumplimiento de la primera medida impuesta al joven por el Tribunal de Control y observando que la ejecución de las sanciones y el control de su cumplimiento coorresponden a este Tribunal, sobre cuya actividad se ha manifestado la Corte de Apelaciones Sección de Adolescentes del Area Metropolitana de Caracas...lo siguiente " tema deciditum tiene que ver con factores posteriores a la imposición definitiva de la sanción y se contraen fundamentalmente a la verificación progresiva de que la medida impuesta está dando resultados o no, establecer los correctivos necesarios y resolver incidentes; asimismo el último supuesto del artículo 622 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente despúes de darle al Juez de merito (juicio y excepcionalmente control) las pautas para determinación y aplicación de las medidas, señala.." las medidas podrán suspenderse o sustituirse durante la ejecución.." . En el mismo sentido el artículo 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente expresan. "Que el Juez de Ejecución es el encargado de controlar el cumplimiento de las medidas impuestas al adolescente. Tiene competencia para resolver las cuestiones e incidencias que se susciten durante la ejecución y para controlar el cumplimiento de los objetivos fijados por esta Ley", en consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, ACUERDA: La suspensión de la medida de LIBERTAD ASISTIDA por un lapso de un (1) año, impuesta al joven adulto JOSE GREGORIO ALVAREZ CADENA, en fecha 12 de marzo de 2003, por el Tribunal Primero de Control Sección de Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, hasta tanto cumpla con la medida que cumple actualmente de PRIVACION DE LIBERTAD, o sea sustituida por una menos gravosa y pueda cumplirse con la que aqui se suspende, de conformidad con el Parágrafo Primero del artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Es todo, Cúmplase y notifiquese del auto a las partes.
El Juez de Ejecución.


Abg. Manuel Elias Gómez Brito.

La Secretaria.


Abg. Margelys Casanova

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.


La Secretaria.



Abg. Margelys Casanova.