REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO.
Puerto Ayacucho, Veintiséis (26) de Febrero de 2004
193° y 144°

Vista la anterior diligencia suscrita por la Abogada MONICA ROJAS DE BOLIVAR, en su carácter de parte actora y la ciudadana MARIA AURORA NUÑEZ DE GAMEZ, parte demandada en el presente juicio, plenamente identificados en autos, mediante la cual dejan constancia que se canceló en su totalidad la deuda objeto de la presente acción y solicitan a este Tribunal se proceda a la Homologación de la causa y al archivo del Expediente, el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena el archivo del Expediente. Cúmplase.-
EL JUEZ,

ABOG. JUAN ANDRES MATTEY LIRA


EL SECRETARIO TEMP,

ABOGº LEOPOLDO J. CHAVERO



EXP. MERC. N° 02-1.038
silvia.-