REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL CON FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 20 de julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : XK01-P-2002-000012
ASUNTO : XK01-P-2002-000012


De la revisión de las presentes actuaciones seguidas al ciudadano Sergio Isaac Villa Palau, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad, en agravio de la ciudadana Ana María Maggiore, se observa que en fecha 06 de agosto de 2004, el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal decretó al acusado de autos las medidas cautelares sustitutivas de libertad contempladas en el artículo 256 numerales 3°, 4°, 5° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo se observa que el mencionado ciudadano no ha comparecido ante este Juzgado en las oportunidades que ha sido convocado, por encontrarse cumpliendo condena en el Retén Policial de esta ciudad, a las órdenes del Juzgadote Ejecución de Sentencias, por la comisión del delito de robo impropio en la modalidad de arrebatón, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en agravio de la ciudadana María Ruiz de Bueno, en virtud de lo cual se acuerda revocar las medidas cautelares sustitutivas de libertad dictadas al acusado de autos, y dictarle la medida de privación preventiva de libertad, conforme a lo establecido en el artículo 262 numerales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, de lo cual se acuerda notificar a las partes y comunicar la Comandancia General de Policía del Estado Amazonas. Asimismo se ordena librar boleta de traslado del acusado para la audiencia de juicio oral. Líbrese lo conducente.
La Juez Segunda de Juicio,

Trina Ysabel Caraballo Bustos El Secretario,
Jose Rafael Urbina Sánchez
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
El Secretario,
Jose Rafael Urbina Sánchez