REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO. JURISDICCION MERCANTIL
Puerto Ayacucho, Cuatro (04) de Junio de Dos Mil Cuatro.
194° y 145°
Visto el convenimiento de fecha 02-06-04, suscrito por el ciudadano MIGUEL CABALLERO, identificado en autos, en su carácter de demandado, debidamente asistido por la abogada en ejercicio FLOR BARRIOS DE ARELLANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.533, por una parte y por la otra, la abogada ZORAIDA GOMEZ DE GIL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.201, en su carácter de demandante mediante el cual CONVIENEN en los términos expuestos por ellos, y solicitan se homologue el presente convenimiento sin el archivo del expediente, el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil sin el archivo del Expediente. En consecuencia se acuerda librar oficio a la Comandancia de Vigilancia del Tránsito Terrestre de esta localidad para que deje sin efecto el contenido del oficio N° 2.004-185, de fecha 19-05-04. Cúmplase.-
EL JUEZ,
ABOGº JUAN ANDRES MATTEY LIRA.
LA SECRETARIA TEMP.,
CELY MENARE.
Exp. Merc. N° 2004-1.352.
Silvia.-
|