REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS SEDE PUERTO AYACUCHO JURISDICCION LABORAL
Puerto Ayacucho, Nueve (09) de Junio de Dos Mil Cuatro. (2004)
194º y 145º
Vista la Apelación interpuesta por el ciudadano MIGUEL VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.658.660, debidamente asistido por la Abogada ANA PARDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.964.792 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.069, parte demandante en el presente juicio, contra el auto de este Tribunal de fecha 01-06-04, que corre inserto al folio 81, donde se REPONE la causa al estado de admitir nuevamente la demanda, SE OYE A UN SOLO EFECTO DICHA APELACION, de conformidad con el artículo 289 en concordancia con el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia remítase al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Agrario de esta Circunscripción Judicial, Copia Certificada de las actuaciones que indique la parte apelante y de las que se reserve indicar el Tribunal a los fines de que conozca de dicha apelación.-
EL JUEZ,
ABOGº JUAN ANDRES MATTEY LIRA
LA SECRETARIA,
ABOGº. GLADIS QUIÑONES
JAML/GQ/Esperanza
Exp. Laboral Nº 2003-1195