REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO. JURISDICCION MERCANTIL..
Puerto Ayacucho, Cuatro (04) de Marzo de Dos Mil Cuatro (2004).
193° y 144°
Vista la anterior diligencia de fecha 03-03-04, suscrita por la Abogada KALY BARRIOS DE FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.949.320, Endosataria a Título de Procuración de Una (01) Letra de Cambio emitida a favor del ciudadano ELEUTERIO VALENCIA, titular de la cédula de identidad Nº 752.368, parte demandante y la ciudadana EVANGELINA FERREIRA, titular de la cédula de identidad Nº 6.243.670, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ZORAIDA GOMEZ DE GIL, titular de la cédula de identidad Nº 4.668.362 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.201, parte demandada; mediante la cual convienen en la demanda en los términos del escrito y solicitan le sea devuelta la Letra de Cambio objeto de esta demanda a la demandada, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles y llena los supuestos de Ley le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil con el correspondiente archivo del expediente. Asimismo ordena hacer entrega por secretaria de la mencionada letra previa certificación en autos. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABOGº. JUAN ANDRES MATTEY LIRA
EL SECRETARIO TEMP.,
ABOGº. LEOPOLDO J. CHAVERO
JAML/LJCH/alba
EXP. MERCANTIL Nº. 2004-1.294
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