REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 17 de Marzo de 2004
193º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-S-2003-000397
ASUNTO : XP01-S-2003-000397


Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control interpuesta por Abog. ALVARO HERRERA PEREZ a favor de Ottorino Carlos Antonio Barlleta Velasquez conforme al artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito EMISIÓN DE CHEQUES SIN FONDO previsto y sancionado en el artículo 494 del CODIGO PENAL, y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, y menos al referido imputado de autos.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano Ottorino Carlos Antonio Barlleta Velasquez, fundamentada en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano Ottorino Carlos Antonio Barlleta Velasquez, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.

El Juez de Control



DRA Omaira Martínez de Vergara

la Secretaria



Abg. Geraldine Saad