REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 11 de mayo de 2004
194º y 145º
Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana Majed Raad Joumana, libanesa, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.756.653, actuando en nombre y representación de sus hijos SAMIR CARLOS RAAD MAJED y MARIBEL RAAD MAJED, titulares de las cédulas de identidad N° V-18.243.173 y V-19.055.674, respectivamente, debidamente asistida por el abogado Adtherelivmar Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.754, mediante la cual desiste del presente procedimiento, este Tribunal admite dicha solicitud cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia le imparte la homologación a dicho desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez Suplente Especial,
Wiecza Milagros Santos Matiz
La Secretaria Temporal,
Bella Verónica Beltrán
Exp. N° 04-6087
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