REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 15 de Abril de 2005
194° y 146°
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000257
ASUNTO : XP01-P-2004-000257
JUEZ JAIRO AÑEZ OROPEZA
PROCEDENCIA: Fiscalía Primera
DEFENSOR PRIVADO: Abg. Glendys Pirela
VÍCTIMA: Cheila Fénix Morales
SECRETARIA: Indra Cedeño
IMPUTADOS: José Alexander Campos González, Yocenitte Osneida Zarate Díaz y Alicia Vizoila Díaz Díaz
En esta misma fecha, siendo las 2:30 p.m., se constituyó el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en la sala de Audiencias Nº 02 de este Circuito Judicial, con la presencia del Juez JAIRO AÑEZ OROPEZA, la Secretaria Indra Cedeño y el alguacil Rubén Sánchez, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia para verificar cumplimiento de Acuerdo Reparatorio en la causa N° XP01-P-2004-000257, seguida a los ciudadanos José Alexander Campos González, Yocenitte Osneida Zarate Díaz y Alicia Vizoila Díaz Díaz, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Cheila Fénix Morales. Presentes el Defensor Privado, Abogado Glendys Pirela, y la imputada ciudadana Yocenitte Osneida Zarate Díaz. Se deja constancia que el juez se comunico telefónicamente con el Fiscal Primero del Ministerio Público y este le participo que no era necesaria su presencia par verificar el cumplimiento del acuerdo. Se dio inicio al acto y se le concedió la palabra al Abg. defensor, quien manifestó que le acuerdo reparatorio suscrito por sus defendidos fue cumplido en su totalidad presentando originales de los depósitos efectuados a la victima, por un total de un millon de bolívares (1.000.000 Bs). Acto seguido este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Cumplido como a sido el acuerdo reparatorio celebrado entre las apartes en fecha, se declara extinta la acción penal con respecto a los imputados José Alexander Campos González, Yocenitte Osneida Zarate Díaz y Alicia Vizoila Díaz Díaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal: SEGUNDO: Se suspenden todas las medidas cautelares que pesan sobre los imputado y se extingue la condición de imputados con respecto al presente asunto. Quedan notificados los presentes y se acuerda librar notificación al Fiscal Primero del Ministerio Público y a la victima. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. Culminando la audiencia siento las tres y quince de la tarde (4:00 p.m.)
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
JAIRO AÑEZ OROPEZA
El Defensor
La Imputada Presente,
La Secretaria
Abg. Indra Cedeño
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