REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 8 de Abril de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : XJ01-P-2003-000034
ASUNTO : XJ01-P-2003-000034


Corresponde a este Tribunal Unipersonal Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, decretar el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al acusado José Mercedes Sarmiento, dado el vencimiento del régimen de prueba por el lapso de siete (07) meses y el cumplimiento de la obligaciones impuesta como consecuencia de la Suspensión Condicional del Proceso, aprobado por éste Juzgado en fecha 05 de Marzo de 2004, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 45, 48 numeral 7° y 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal a fin de emitir pronunciamiento hace las siguientes consideraciones:

El 05 de Marzo de 2004, siendo el día y hora fijado por este Tribunal para llevarse a cabo el juicio oral y pública en la presente causa, el ciudadano José Mercedes Sarmiento, luego que el representante del Ministerio Público, lo acusara formalmente y luego de haber sido impuesto de las alternativas a la prosecución del proceso, solicitó la aplicación de la suspensión condicional del proceso, admitiendo para ello los hechos imputados por el Ministerio Público, acogiendo el Tribunal lo solicitado por el acusado y acordó suspender el régimen de pruebas por el lapso de siete (07) meses, contados a partir de la presente fecha y le impuso como única obligación la dotación de equipos de juegos al Centro Diagnóstico y Tratamiento del INAM.

Se evidencia de los folios 114, 135 y 136, las facturas de compras de los juegos señalados en el acta, en la cual se evidencia que el ciudadano José Mercedes Sarmiento, cumplió con la única obligación impuesta.

Del mismo se observa, que desde que se realizó la audiencia anteriormente mencionada hasta la presente ha transcurrido más del tiempo por el cual había sido suspendido el régimen de pruebas, por cual el Tribunal convocó a las partes y al acusado a una audiencia para verificar el total cumplimiento de las condiciones.

El 06 de Abril de 2005, se realizó la audiencia de verificación de las condiciones impuesta al acusado José Mercedes Sarmiento, y en vista que el Tribunal verifico el total cumplimiento de las mismas, acordó decretar el Sobreseimiento de la presente causa, por haber vencido el régimen de suspensión de pruebas acordado por el Tribunal.

En ese sentido establece el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal: Efectos: “Finalizado el plazo o régimen de prueba, el juez convocará a una audiencia, notificando de la realización de la misma al Ministerio Público, al imputado y a la víctima, y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas decretará el sobreseimiento de la causa”.

Por otra parte el artículo 48 eiusdem dispone: Causas: “Son causas de extinción de la acción penal…omissis… ordinal 7° El cumplimiento de la obligaciones y del plazo de suspensión condicional del proceso, luego de verificado por el Juez, en la audiencia respectiva…omissis…”.

Finalmente el artículo 318 en su ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal señala: “El sobreseimiento procede cuando:…omissis…3° La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada…omissis”.

Así las cosas, y en vista que este Tribunal ha verificado el cabal y total cumplimiento de la obligaciones que le fueran impuesta al ciudadano José Mercedes Sarmiento, tal como se evidencia de las facturas de compra que fueran consignadas por el prenombrado ciudadano y que cursa a los folios 114, 135 y 136, de la presente causa, considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente caso, es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por haberse EXTINGUIDO LA ACCIÓN PENAL, en virtud de haber finalizado el régimen de prueba y haber verificado el Tribunal el cabal y total cumplimiento de las obligaciones impuestas al ciudadano José Mercedes Sarmiento, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 ordinal 7° y 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a José Mercedes Sarmiento, en su condición de acusado, por haberse EXTINGUIDO la acción penal todo de conformidad con lo previsto en el artículo 45 en relación con el ordinal 7° del artículo 48, en concordancia con el ordinal 3° del artículo 318 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase la presente causa en su estado original al Tribunal de Ejecución correspondiente a los fines de ejecución. Líbrese el correspondiente Oficio. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ DE JUICIO

DR. DOMENICO RUSSO ZERPA


EL SECRETARIA DE JUICIO

ABG. GUILLERMO MARCIALES R.
DRZ/drz.
XJ01-P-2003-000034