REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 29 de Agosto de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2005-000368
ASUNTO : XP01-P-2005-000368
ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA SOLICITUD DE PRORROGA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL: OMAIRA MARTÍNEZ DE VERGARA
PROCEDENCIA Fiscalía Sexta del Ministerio
Público
DEFENSOR Edita Frontado y Magno Barros
VICTIMA: La Colectividad
SECRETARIA: Rima Kalek
IMPUTADOS: Richard Alexander Rodríguez Zerpa y
Josmary del Carmen Blanco Serrano
En esta misma fecha, siendo las 9:00 a.m., se constituyó el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, con la presencia de la Juez Susana Coromoto Acosta, la Secretaria Rima Kalek y el Alguacil Nerio Moreno, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia para considerar la solicitud de Prorroga, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 parágrafo cuarto del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al ciudadano RICHARD ALEXANDER RODRÍGUEZ ZERPA, venezolano, titular de la cédula de identidad N°V- 13.325.734 y JOSMARY DEL CARMEN BLANCO SERRANO, venezolana, titular de la cédula de identidad N°V- 15.542.044, a quienes la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, les imputa el delito de Trafico de Droga en la modalidad de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y el delito de Aprovechamiento de cosas provenientes del delito, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, en perjuicio de la Colectividad. Encontrándose presentes, el Abogado Wladimir Chaló Castro, Fiscal Sexto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, y los imputados de autos. Se deja constancia que no se encuentran presentes en este acto el Abog. Magno Barros defensor privado de la imputada Josmary del Carmen Blanco Serrano, y la Abog. Edita Frontado, en su carácter de defensora privada de Richard Alexander Rodríguez Zerpa. Acto Seguido la ciudadana Juez da inicia al acto y le informa a las partes que según la información suministrada por la Unidad de Alguacilzazo, los Abogados Edita Frontado y Magno Barros no se encuentran en el estado. De seguidas la ciudadana Juez le informa a la ciudadana Josmary del Carmen Blanco Serrano, del motivo de su comparecencia y de la prorroga solicitada por el Representante del Ministerio Público, identificada en las actas como Josmary del Carmen Blanco Serrano, venezolana, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad número 15.542.044, soltera, hija de Pablo Serrano (v) y de Carmen Blanco (v), Luego procedió la Juez a informar al ciudadano Richard Alexander Rodríguez Zerpa, del motivo de su comparecencia y de la prorroga solicitada por el Representante del Ministerio Público, identificado en el presente asunto como Richard Alexander Rodríguez Zerpa, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-13.325.724, soltero, de 28 años de edad, de oficio latonero y pintor, hijo de Uvieda Senaida (f), les preguntó a los imputados si tienen información acerca de sus defensores privados quienes manifestaron que no sabían nada, y que parece que están de viaje. Por todo lo antes expuesto, y oídas las exposiciones de las partes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal, Función Control, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda diferir la Prorroga solicitada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, conforme a lo establecido en el artículo 250 parágrafo cuarto del Código Orgánico Procesal Penal, para el día 30 AGOSTO DE 2005, a las 9:00 A.M. para la presentación del acto conclusivo pertinente. SEGUNDO: Se ordena librar boleta de traslado a los imputados de autos, y notificar a la defensa sobre el presente diferimiento. Quedan notificados los presentes de la decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 9:30 A.M.-
La Juez Segundo de Control
Abog. Susana Coromoto Acosta
Fiscal Sexto del Ministerio Público
Abog. Wladimir Chaló Castro
Los Imputados
Josmary del Carmen Blanco Serrano
Richard Alexander Rodríguez Zerpa
La Secretaria,
Abog. Rima Kalek
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