REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS SEDE PUERTO AYACUCHO JURISDICCION MERCANTIL
Puerto Ayacucho, Uno (01) de Diciembre de Dos Mil Cinco. (2005)

194º y 145º
Vista la Apelación interpuesta por la ciudadana MARTA BELISARIO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.569.071, debidamente asistida por el abogado HERNANDO SOLANO MATA venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.564.808 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.805, parte demandante en el presente juicio, contra el auto con el cual este Tribunal se abstiene de decretar Medida Provisional de Embargo que corre al folio Uno (01), del cuaderno de medidas, SE OYE A UN SOLO EFECTO DICHA APELACION, de conformidad con el artículo 289 en concordancia con el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia remítase al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, Copias Certificadas de las actuaciones que indique la parte apelante y de las que se reserve indicar el Tribunal a los fines de que conozca de dicha apelación.-
EL JUEZ,

ABOGº JUAN ANDRES MATTEY LIRA

EL SECRETARIO,

ABOGº. CARLOS HAY

JAML/CH/NOEL
Exp. Mercantil Nº 2003-1436