En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE en su totalidad la solicitud presentada por el DR. JESÚS MANUEL FERRIN, en su condición de Fiscal Octavo encargado de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de los imputados ERMINEO MIRANDA ISODORO, quien es de nacionalidad Brasilera, indocumentado, de 36 años de edad, natural de San Gabriel Amazonas Brasil, NESTOR DA SILVA DILIMA, de nacionalidad Brasilera, indocumentado, de 33 años de edad, natural de San Gabriel Amazonas Brasil y NELSON MARTÍN SANTANA, de nacionalidad Brasilera, indocumentado, de 36 años de edad, natural de Emperatriz Maranhao Brasil. SEGUNDO: DECRETA la privación judicial preventiva de libertad de los imputados de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1, 2 y 3 en concordancia con los numerales 1 y 3 del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quienes fueran detenidos en fecha 28 de noviembre de 2005, por la presunta comisión del delito de DEGRADACIÓN DE SUELO, TOPOGRAFÍA Y PAISAJE EN GRADO DE TENTATIVA Y ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 43 y 58 de la Ley Penal del Ambiente en relación con los artículos 80 y 83 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, pudiendo el Fiscal del Ministerio Público cambiar la calificación jurídica dada en ese acto. TERCERO: ACUERDA la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión. En Puerto Ayacucho a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil cinco (2005).