En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la aplicación del procedimiento ordinario, conforme a lo establecido en el artículo 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que la Fiscal del Ministerio Público tienen diligencias de investigación que practicar a los fines de presentar el acto conclusivo que corresponda, en su oportunidad legal. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de las partes en cuanto a que el ciudadano Gustavo Adolfo Castro Colina continúe en libertad sin restricciones.