Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 18 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000144
ASUNTO : XK01-X-2005-000004
ACTA DE INHIBICIÓN


De conformidad con lo previsto en el Artículo 89, del Código Orgánico Procesal Penal:
"La inhibición se hará constar por medio de un acta que suscribirá el funcionario inhibido".
Actuando de conformidad con lo previsto en el articulo 86 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, ME INHIBO formalmente de conocer el asunto seguido contra el ciudadano JHON JAIRO PALACIOS, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.411.504, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, concatenado con el articulo 80 ultimo aparte ejusdem, con las circunstancias agravantes genéricas del articulo 77, numerales 1°, 5°, 8°, 11° y 12° ibidem y Lesiones Personales de Carácter Gravísima previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, cometido en perjuicio del adolescente Albert Alexis Guillen Flores, por cuanto quien ejerce la defensa privada es la Abg. Edita Frontado, y quien a su vez es mi hermana; todo ello en virtud que violaría el principio de imparcialidad al conocer de la misma. En consecuencia este Juzgado ACUERDA: En virtud del fin previsto en el primer aparte del Artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal "La recusación o la inhibición no detendrán el curso del proceso, cuyo conocimiento pasará inmediatamente, mientras se decide la incidencia, a quien deba sustituir conforme a la ley", remitir el asunto principal signado con el N° XP01-P-2004-000144 al Juzgado Segundo de Juicio de esta Circunscripción Judicial, a cargo del Abg. Domenico Russo, en virtud que de la revisión de las actuaciones de la presente causa se observa, que en fecha 25 de noviembre de 2004 la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial declaró con lugar la inhibición planteada por la abogado Trina Ysabel Caraballo Bustos, quien estuviera a cargo para ese momento del Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Estado Amazonas, y el Cuaderno Separado respectivamente a la Corte de Apelaciones de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines que conozca de la presente inhibición. CUMPLASE
Juez Primero de Juicio,
Abg. DIOSNARDO ANTONIO FRONTADO VARGAS
La Secretaria
Abg. KIRA AL ASSAD