REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO. JURISDICCION MERCANTIL
EN SU NOMBRE:
EXPEDIENTE MERCANTIL N° 2004-1.406
Se inicia el presente proceso por demanda incoada por el Abogado FREDYS ESQUEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 1.568.095 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.308, Endosatario en Procuración de Una (01) Letra de Cambio por la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 2.000.000,oo) por Cobro de Bolívares por el Procedimiento de Intimación que asciende a la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs.2.629.174,80).
Revisadas las actas procesales se desprende:
Que por auto dictado en fecha 30-11-04, que riela a los folios 04 Y 05, de este Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, admitió la demanda y acordó la intimación de la parte demandada.
Consta al vuelto del folio 08 consignación de la boleta de Intimación librada al respecto, hecha por el Alguacil de este Tribunal donde informa que la parte demandada fue intimada el día 10-12-04, en la dirección señalada por la parte actora.
Ahora bien, habiendo transcurrido desde el día 135-12-04 día siguiente a la consignación de la boleta de intimación hasta el día de hoy 14-01-05, Diez (10) días de Despacho, y siendo las 2:30 p.m., sin que el ciudadano WILFREDO CUMANA, parte demandada en el presente juicio hubiere comparecido a hacer el pago o formular oposición ni por sí ni por medio de Apoderado, así lo hizo constar el Tribunal de conformidad con el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, por cuanto el Decreto de Intimación de fecha 30-11-04 se encuentra definitivamente firme, este Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando en sede Mercantil, declara firme el Decreto de Intimación de fecha 30-11-04 y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y ASI SE DECLARA
. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los Catorce (14) días del Mes de Enero de Dos Mil Cinco. (2005). AÑOS: 194° de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ
ABOG° JUAN ANDRES MATTEY LIRA
LA SECRETARIA
ABOG. GLADIS QUIÑONES
JAML/GQ/alba
Exp. Merc. 2004-1406
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