Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 15 de Febrero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : XK01-P-2003-000031
ASUNTO : XK01-P-2003-000031


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIAS.-

Por recibida la presente causa, procedente del Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Amazonas, signada con el Nº XK01-P-2003-000031, nomenclatura del referido Tribunal, en la cual ese Juzgado, condeno al Ciudadano JAVIER DE JESUS GRANADA NOREÑA, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal. En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: LA EJECUCION DE LA SENTENCIA, impuesta al Ciudadano JAVIER DE JESUS GRANADA NOREÑA, de nacionalidad Colombiana, natural de Cimitarra-Santander del Sur-Republica de Colombia, nacido el 16/03/57, de 47 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, de estado civil soltero, portador de la cédula de Identidad Nº E-80.411.840, residenciado en el Urbanización San Enrique, detrás de la Iglesia, Puerto Ayacucho- Estado Amazonas; de conformidad con el encabezamiento del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en los siguientes términos:
PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en el Articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se practica el computo definitivo de la pena, observándose que el mencionado penado fue condenado a cumplir la pena UN (01) AÑO, TRES (03) MESES DE PRISION, computada a partir de 09 de Mayo de 2.003, fecha de su detención, según se evidencia de la Lectura de los DERECHOS DEL IMPUTADO inserta en el folio DIECISIETE (17) del Expediente y finaliza el 09 de AGOSTO de 2.004.
Ahora bien, se observa que en fecha 10-11-2.004, el Juzgado Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, condenó al ciudadano JAVIER DE JESUS GRANADA NOREÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 80.411.840, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, por lo que se determina del computo respectivo que el referido penado desde el 09-05-2.003 hasta la presente fecha, ha cumplido con la totalidad de la pena impuesta. En consecuencia, se ACUERDA la LIBERTAD PLENA e INMEDIATA del penado JAVIER DE JESUS GRANADA NOREÑA, titular de la Cédula de Identidad E- 80.411.840, de conformidad a lo establecido en el articulo 44 numeral 5 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.-Queda así ejecutada la sentencia.-
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente asunto al Archivo Judicial, para su guarda y custodia
TERCERO: Remítase copia de la presente decisión al Fiscal Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, al penado, al Defensor Privado, a la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Recluso del Ministerio del Interior y de Justicia, a la Dirección de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y de Justicia y al Comandante General de la Policía del Estado Amazonas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución de Sentencias


Abg. América Alejandra Vivas Hidalgo
La Secretaria,

Abg. Evelín Mendoza.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,

Abg. Evelín Mendoza.