REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO AMAZONAS

Puerto Ayacucho, 26 de julio de 2005
195° y 146°

Vista la demanda presentada en fecha 20 de junio de 2005 por el ciudadano MANUEL ALFREDO PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 8.947.138, asistido por el profesional del derecho LUIS RODOLFO MACHADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 51.672, este Tribunal observa: En el libelo continente de la querella interpuesta, el demandante ha afirmado que es agente de seguridad y orden público, en la jerarqui de cabo segundo, y que interpone recurso funcionarial de nulidad en contra del acto administrativo de efectos particulares, contentivo de la Resolución N° 167-05, de fecha 13 de abril de 2005, mediante la cual fue destituido del cargo que ejercía, en contra de la Gobernación del estado Amazonas.
De lo anterior, se desprende con sobrada claridad que la competencia por la materia en el presente caso no corresponde a este Tribunal, habida cuenta que no tiene éste asignada competencia alguna en materia contencioso administrativa funcionarial. En efecto, tal como lo establece la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Estatuto de la Función Pública, hasta tanto sea dictada la ley que regule la jurisdicción contencioso administrativa, son competentes para conocer en primera instancia de las controversias a que se refiere el artículo 93 eiusdem, los tribunales superiores con competencia en lo contencioso administrativo en el lugar donde hayan ocurrido los hechos, donde se hubiere dictado el acto administrativo, o donde funcione el órgano administrativo o ente de la administración pública que dio lugar a la controversia.
Así las cosas, quien en este acto se pronuncia concluye que es incompetente por la materia y que el competente es la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores, Bancario y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, entidad político territorial en la cual fue dictado el acto contra el cual recurre el ciudadano MANUEL ALFREDO PEREZ BARRIOS y donde funciona la Gobernación del estado Amazonas. Así se establece.
Como consecuencia de lo anteriormente establecido, se ordena remitir la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano MANUEL ALFREDO PEREZ BARRIOS al Tribunal competente, a los efectos de que se pronuncie sobre la admisión de la misma, la sustancie y decida, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 97
de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Así se decide.
El Juez Titular,

MIGUEL ANGEL FERNÁNDEZ
La Secretaria,

BELLA VERONICA BELTRAN
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo decidido y ordenado en el presente auto.
La Secretaria,

BELLA VERONICA BELTRAN.
EXP. 2005-6273 - v/b