REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 31 de julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2005-00368
ASUNTO : XP01-P-2005-00368

ACTA DE VERIFICACIÓN DE SUSTANCIA

JUEZ : Omaira Martínez de Vergara
FISCAL : Wladimir Chaló
SECRETARIO : Jose Rafael Urbina Sánchez
IMPUTADO (S) : Josmary del Carmen Serrano Blanco y Richard Alexander Zerpa Rodríguez
DEFENSOR (A) : Elizabeth Carrasquel.
VÍCTIMA : la Colectividad

En esta misma fecha, siendo las 11:00 a.m., se constituyó el Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, en la sala de Audiencias Nº 2 de este Circuito Judicial, con la presencia de la Juez Omaira Martínez de Vergara, el Secretario Jose Rafael Urbina Sánchez y el Alguacil Wilmar Lecis, a los fines de llevar a cabo la verificación de la sustancia incautada en el presente asunto seguido a los ciudadanos Josmary del carmen Serrano Blanco y Richard Alexander Zerpa Rodríguez, a quienes la Fiscalía Sexta del Ministerio Público les imputa la comisión de uno de los delito contemplados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, según lo ordenado por la sentencia N° 1116, de fecha 04NOV2002, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con la finalidad de dejar constancia de las características de cantidad y tipo de envoltura, la cantidad de sustancia con la cual se realizará la experticia y el remanente de la sustancia junto con sus contenedores, para su posterior incineración. Presentes el Fiscal Sexto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Wladimir Chaló, el Defensor Público (S) Primero Penal, Elizabeth Carrasquel, los imputados de autos, y los funcionarios Med. Forense Amauri Núñez y Aquiles Rivas, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Amazonas. En este estado el tribunal dejó constancia de las siguientes particularidades: PRIMERO: le fueron tomadas muestras de sangre y de orina a los dos imputados de autos, a los fines de ordenar la practica de una experticia toxicológica. SEGUNDO: se fueron presentados cinco (5) envoltorios de material sintético que se describen a continuación: 1.- envoltorio de bolsa plástica forrado de cinta adhesiva de embalar, esta última de color marrón, el mismo presenta una forma redondeada de aproximadamente siete centímetros de longitud (7cm), el cual luego de ser abierto se observó que contenía en su interior otro envoltorio recubierto por un polvo negro, que por su olor se presume que es café. En el envoltorio interior constituido de dos (2) bolsas plásticas (una dentro de la otra), una de estas de color amarillo y la otra verde, forrado por cinta adhesiva de embalar color marrón, en cuyo interior se podía observar un polvo de color amarillento, de olor penetrante, el cual se presume que sea cocaína. 2.- Envoltorio de forma irregular alargada de aproximadamente cuatro centímetros (4) de longitud, constituido por bolsa plástica de color verde con franjas negras, forrado con cinta adhesiva, en cuyo interior se observó una sustancia sólida de forma granulada, de color amarillento de olor penetrante, parecido al olor de derivados de hidrocarburos, del cual se puede concluir que es la droga llamada piedra o crak. 3.- Envoltorio de forma irregular alargada de aproximadamente cuatro centímetros (4) de longitud, constituido por bolsa plástica de color blanco con franjas rosado, forrado con cinta adhesiva, en cuyo interior se observó una sustancia sólida de forma granulada, de color amarillento de olor penetrante, parecido al olor de derivados de hidrocarburos, del cual se puede concluir que es la droga llamada piedra o crack. 4.- Envoltorio de forma irregular alargada de aproximadamente cuatro centímetros (4) de longitud, constituido por bolsa plástica de color verde con franjas negras, forrado con cinta adhesiva, en cuyo interior se observó una sustancia sólida de forma granulada muy fina, de color amarillento de olor penetrante, parecido al olor de derivados de hidrocarburos, del cual se puede concluir que es la droga llamada piedra o crack. 5.- Y por último otro envoltorio de forma irregular alargada de aproximadamente cuatro centímetros (4) de longitud, constituido por bolsa plástica de color verde con franjas negras, forrado con cinta adhesiva, en cuyo interior se observó una sustancia sólida de forma granulada, de color amarillento de olor penetrante, parecido al olor de derivados de hidrocarburos, del cual se puede concluir que es la droga llamada piedra o crack. En este estado le fue concedida la palabra al Fiscal, quien manifestó que la totalidad de la sustancia puesta a la vista del tribunal y sus envoltorios serán enviados al laboratorio para la práctica de su correspondiente experticia toxicológica. Luego de lo cual enviará los resultados a este despacho. Es todo. Terminó siendo las 01:20 p.m., se leyó y conformes firman.-
La Juez Segunda de Control,


Omaira Martínez de Vergara



El Fiscal,


Wladimir Chaló


La Defensa,


Elizabeth Carrasquel