REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 8 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2005-000119
ASUNTO : XP01-P-2005-000119

Visto el Acto conclusivo de Archivo Fiscal, N° 02.FS-769-05 presentado por ante este Circuito Judicial en fecha 08-07-2005, por el Fiscal Sexto del Ministerio Público, Abog. Wladimir Chaló Castro, conforme al artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa, en contra de los ciudadanos: Lizandi José Piñero Bonilla, Taira Jazmira Blanco y Abigail Juan Mérida, llevada por ante este Juzgado conforme al procedimiento ordinario previsto en la ley adjetiva por la presunta comisión de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con los artículos 34 y 36 de la Ley sustantiva penal. Este Juzgado en consecuencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Acuerda el Archivo Fiscal decretado por el Ministerio Público, de la presente causa. Segundo: Se decreta el cese de las medidas de coerción personal impuestas en la audiencia de presentación a los imputados arriba identificados y así se decide. Tercero: Se acuerda librar boletas de excarcelación a los ciudadanos Lizandi José Piñero Bonilla, Taira Jazmira Blanco y notificar al ciudadano Abigail Juan Mérida. Todo de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
La Juez Segunda de Control,



DRA. OMAIRA MARTÍNEZ DE VERGARA
La Secretaria,


Abog. Thais Marquinez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,


Abog. Thais Marquinez