REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 11 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2005-000261
ASUNTO : XP01-P-2005-000261

AUTO

Visto el escrito interpuesto por el Abg. Jorge Ramírez Guijarro, Fiscal Primero, del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano Jean José Gil Montilla. Por ser el presunto responsable de la comisión de los Delitos de Amenaza, Violencia, Física, Psicológica, previstos y sancionados en los artículos 16, 17, y 20 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia y Hurto, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Griselda González. En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas administrando Justicia y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO :De conformidad a lo establecido en el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en relación a lo previsto en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda: librar ORDEN DE APREHENSIÓN al ciudadano Jean José Gil Montilla Venezolano, titular de la cedula de Identidad N° 14071.575, natural de Puerto Ayacucho quien puede ser localizado subiendo cerro Perico la curva a mano izquierda en la casa de la señora Petra Navas por la presunta comisión de los delitos de Amenaza, Violencia, Física, Psicológica, previstos y sancionados en los artículos 16, 17,y 20 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia y Hurto, previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Griselda González., SEGUNDO: Se acuerda librar oficio dirigido a los siguientes organismos a la Comandancia de la Policía del Estado Amazonas, al Comando Regional N° 9 de la Guardia Nacional, la DISIP, y al Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica del Estado Amazonas. Líbrense oficios correspondientes Cúmplase.
La Juez Primero de Control;


Abg. NInoska Contreras
El Secretario;


Abg. Carlos Machado