Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 8 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : XJ01-X-2005-000002
ASUNTO : XK01-X-2005-000008


ACTA DE INHIBICION


Por recibido el presente asunto procedente del Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial, este Operador de Justicia observa la imposibilidad de conocer el presente asunto, en virtud que la profesional del derecho EDITA FRONTADO JIMENEZ, quien es mi hermana, es el Defensor Privado de los acusados de autos: Felipe Ponare, Daniel Yavinape y Roberto Yavinape, en tal virtud considero que me encuentro incurso en la causal de inhibición contenida en el ordinal 1° del Artículo 86 en concordancia con el Artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual ME INHIBO, formalmente de conocer el presente asunto por cuanto me une un vínculo de consanguinidad con la referida profesional del derecho, lo cual a mi criterio violaría el principio de imparcialidad, al conocer de la misma. En tal virtud se ordena remitir el presente asunto al Juzgado Segundo de Juicio de esta Circunscripción Judicial a los fines de que conozca de la presente inhibición, y que se le de la celeridad procesal.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO

DR. DIOSNARDO FRONTADO

LA SECRETARIA

Abg. KIRA AL ASSAD