Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 26 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : XL01-P-2000-000024
ASUNTO : XL01-P-2000-000024


AUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA.-

Por auto de fecha 22 de Octubre de 2.002, este Tribunal de Ejecución le otorgó al penado ERICK ALEXANDER GONZALEZ DIAZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 16.766.798, la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, de conformidad con los artículos 12,13,14 y 15 de la Ley de Beneficios sobre el Proceso Penal en concordancia con el articulo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES, DIECIOCHO (18) DIAS, hasta el 10 de Mayo de 2.005, fijándole en la debida oportunidad las siguientes condiciones:”… 1) No ausentarse de la ciudad de Puerto Ayacucho y del País sin la autorización del Tribunal. 2) No participar en riñas, no abusar del consumo de bebidas alcohólicas y no consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3) No reincidir en la comisión de hechos punibles. 4) No portar armas de ningún tipo. 5) No cambiar de domicilio, el cual se encuentra establecido en la Urbanización Simón Bolívar, vereda 12, casa Nº 28, Puerto Ayacucho. 6) Presentarse ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público los días treinta (30) de cada mes. Se le advirtió que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones que anteceden acarrea la inmediata revocatoria. Ahora bien, por cuanto el citado penado ha cumplido a cabalidad con las condiciones impuestas por este tribunal en el acto del otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, tal como se evidencia del escrito emanado de la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico con competencia en Ejecución de Sentencias de fecha 20-05-05 Nº AMAZ-F4-318-2.005, en la cual informa que el penado ERICK ALEXANDER GONZALEZ DIAZ, cumplió cabalmente con sus presentaciones por ente ese despacho siendo su ultima presentación en fecha 29/04/05. En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda:

PRIMERO: Decretar la cesación de la Formula Alternativa de Cumplimento de Pena SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el cumplimiento de la pena impuesta al Ciudadano ERICK ALEXANDER GONZALEZ DIAZ, anteriormente identificado, que según decisión de fecha 22-10- 2.002, culmina el 10-05-2.005, de conformidad con lo establecido en los artículos 44 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, quien fue condenado a cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley que rige la materia. Y por ende, se la LIBERTAD PLENA del penado ERICK ALEXANDER GONZALEZ DIAZ, identificado anteriormente.-Así se decide.-
SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión a la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Interior y de Justicia, Oficina de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 10, Dirección de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y de Justicia, Fiscal Cuarta del Ministerio Público del Estado Amazonas, Defensora Publico Sexto Penal de este Circuito Judicial y al penado.-
TERCERO: Remítase a la Oficina de Archivo Judicial la presente causa penal. Libérense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución de Sentencias.-

Abg. América Alejandra Vivas H
La Secretaria.


Abg. Rima Kalek.-.
Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede.
La Secretaria.
Abg. Rima Kalek.-