REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
195° 146°
Cumplidos los tramites de Sustanciación y Mediación y siendo la oportunidad para decir, lo hace este tribunal en el expediente Nro. TIS1-0018-05.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
DEMANDANTE FRANCISCO JULIO MORENO MARQUEZ
DEMANDADO ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MANAPIARE ESTADO AMAZONAS
SENTENCIA DEFINITIVA
(DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO)
Vista el acta de fecha treinta (30) de noviembre del año dos mil cinco (2.005), en donde “se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, presidido por el ciudadano Juez Misael A. Corredor B., y con la asistencia de la Secretaría Carmen Victoria Ledezma, con la presencia del Abogado JAVIER SILVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.558.377, inscrito en el Inpreabogado bajo 107.399, quien dijo ser el apoderado Judicial de la parte demandada Alcaldía del Municipio Autónomo Manapiare del Estado Amazonas, en este mismo acto el juez observa el poder que consigna en fotocopias previas verificación con su original el profesional del derecho y verificado el mismo se procede dar inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR de la presente causa laboral signada con el N° TIS1-0018-05, de la nomenclatura de este Tribunal. Este Juzgado deja expresa constancia que la ciudadano FRANCISCO JULIO MORENO MARQUEZ, identificado en auto, no se hizo presente ni por si ni por medio apoderado judicial, por lo que este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar de forma oral el dispositivo del fallo, declarando DESISTIDO el procedimiento, así de declara. Una vez pronunciada la anterior decisión el ciudadano Juez le dio la lectura integra de la presente acta. Dándose por cerrado el acto de Audiencia Preliminar a las nueve y treinta minutos (9:30) horas de la mañana: Es todo se leyó y conformen firman.
Por los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrado justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la reclamación de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: FRANCISCO JULIO MORENO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.922.156. Por desistir al proceso al no comparecen a la audiencia fijada por este juzgado. Esto en conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, déjese copias certificadas de la presente decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los treinta (30) días del mes de Noviembre del año dos mil cinco (2005). 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-
Dr. CORREDOR BRACAMONTE MISAEL A.
Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y
Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.
Abg. CARMEN V. LEDEZMA C.
SECRETARIA
En esta misma fecha, siendo las 11:00 Am., se registró y público la anterior sentencia previó el anuncio de Ley.
Abg. CARMEN V. LEDEZMA C.
SECRETARIA
Exp. Nro: TIS1-0018-05.
MACB
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