Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 14 de Noviembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000094
ASUNTO : XP01-P-2004-000094
AUTO DE CONFINAMIENTO.-
Visto la CONSTANCIA de BUENA CONDUCTA emanado de la Comandancia de la Policía del Estado Amazonas, de fecha 14-11-05, del penado LUIS VICENTE GUEVARA GUEVARA, quien opta al CONFINAMIENTO y desea que fuese confinado a la ciudad de San Fernando de Apure-Estado Apure, el cual dista de mas de 100 kilómetros donde se cometió el hecho, en vista de ello, este Tribunal antes de decidir hace las siguientes consideraciones:
Primero: Una vez revisadas las actuaciones del presente asunto, se puede observar que el penado LUIS VICENTE GUEVARA GUEVARA, opta al CONFINAMIENTO, por cuanto se evidencia que el mismo cumple la pena la totalidad de la pena el 12-05-2.006, teniendo cumplida más de las tres cuartas partes (3/4) de la pena, requisito que se necesita para optar a la conmutación de la pena en CONFINAMIENTO, además de tener CONSTANCIA DE CONDUCTA emanada en este caso por la Comandancia General de Policía del Estado Amazonas, Reten Masculino, en la cual hace constar:…” de acuerdo al libro de Registro y Control de Ingresos de detenidos, hasta la presente fecha su permanencia en este Reten Policial SE LE HA OBSERVADO TENER BUENA CONDUCTA-…”.- Así se decide.-
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: CONFINAMIENTO al penado LUIS VICENTE GUEVARA GUEVARA, titular de la cedula de identidad No. V- 10.927.599, todo de conformidad con los Artículos 20 y 52 del Código Penal, al cual se le impone las siguientes condiciones: 1.- Mantener como lugar de residencia Barrio Rómulo Gallegos, entrada principal, casa s/n, Familia ARAUCA diagonal al Aeropuerto “Las Flecheras”, San Fernando de Apure, Municipio San Fernando-Estado Apure. 2.- Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes y de abusar de las bebidas alcohólicas. 3.- Presentarse ante la Prefectura Civil del Municipio San Fernando, San Fernando de Apure-Estado Apure, quien le indicara los días de sus presentaciones, la cual culminarán el 12-05-2.006, fecha en la cual cumple la totalidad de la pena impuesta.-
Notifíquese de la presente decisión al Fiscal Cuarto del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, al Comandante de la Policía del Estado Amazonas, al Defensor Publico, al penado y a la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, al Prefecto del Municipio San Fernando-Estado Apure.-Líbrese los oficios y notificaciones correspondientes.- Cúmplase.-
La Juez de Ejecución de Sentencias
Abg. América Alejandra Vivas H
La secretaria.
Abg. Margelys Casanova.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en autos.
La Secretaria.
Abg. Margelys Casanova.
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