REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 24 de noviembre de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2003-000003
ASUNTO : XP01-D-2003-000003
AUTO
En fecha 12 de agosto del año 2005, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal, en función de control función adolescente de Estado Amazonas, recibió escrito de la defensoria cuarta en materia Responsabilidad Penal del niño y del adolescente a cargo de la Abg. Emiliano José Ibarra contentivo del pedimento de decreto de sobreseimiento definitivo a favor del adolescente imputado --, relacionado con el asunto XP01-D-2003-000003, a quien la Fiscalía del Ministerio Publico le imputa el delito de hurto y robo de vehículo automotor específicamente el delito de hurto sobre vehículo automotor, previsto y sancionado en el articulo 2 de la ley sobre hurto de vehículos automotor en perjuicio de Deglys Rosario Bravo. El defensor Publico Cuarto, señala en dicho escrito que en fecha 30 de julio del año 2004. Este Tribunal especializado dicto un sobreseimiento provisional y desde esa fecha, ha transcurrido más de un año y aun no se ha solicitado la reapertura del procedimiento. Solicita que se fije una audiencia de tal sentido y en su defecto se decrete de oficio el sobreseimiento definitivo de la causa. En efecto, analizado el contenido escriturar, consta que la respuesta Fiscal, una vez de dictado el sobreseimiento provisional, no ha solicitado reapertura del procedimiento, el Juez de control se pronunciara de oficio sobre el sobreseimiento definitivo poniendo fin al procedimiento que cursare en Juicio como es el presente caso por todos el razonamiento expuesto, este Órgano Jurisdiccional especializado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreto el sobreseimiento definitivo de la presente causa, de conformidad con el articulo 562,de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente Hágase las notificaciones de Ley.
El Juez de control sección adolescente
Abg. Rubén Farías Harris
El Secretario
Abg. Rafael Urbina
Seguidamente se le dio cumplimiento al auto anterior
El Secretario, Abg.
Rafael Urbina Sánchez
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