Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 5 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000049
ASUNTO : XJ01-X-2004-000003


AUTO DE COMPUTO DE PENA ACTUALIZADO.-


De la revisión de la presente causa, se observa que en fecha 15-06-04, el Juzgado Segundo de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Amazonas, impuso condenó al ciudadano CARLET JOSUE FONSECA BLANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.200.508, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS, UN (01) MES, DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal. En consecuencia, del computo respectivo se determina que el penado CARLET JOSUE FONSECA BLANCO, desde el 30-03-2.004 hasta la presente fecha ha cumplido la pena de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, CUATRO (04) DIAS, le falta por cumplir CINCO (05) AÑOS, SIETE (07) MESES, SEIS (06) DIAS de PRESIDIO, y cumple la pena el 10- 05-2.011; por lo que OPTA a FORMULA ALTERNANTIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DESTACAMENTO DE TRABAJO: una vez cumplida una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, lo que equivale a UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES, DIEZ (10) DIAS a partir del 10-01-06; REGIMEN ABIERTO: una vez cumplida una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, lo que equivale a DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES, TRECE (13) DIAS, OCHO (08) HORAS, a partir del 13-07-06 a las 8:00 a.m.; LIBERTAD CONDICIONAL: una vez cumplida las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, lo que equivale a CUATRO (04) AÑOS, OCHO (08) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS, DIECISEIS (16) HORAS, a partir del 26-12-06 a las 4:00 p.m.; OPTA a CONFINAMIENTO: una vez cumplida las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, lo que equivale a CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES, TREINTA (30) DIAS, a partir del 30-07-09.- Líbrese los oficios respectivos. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución de Sentencias


Abg. América Alejandra Vivas H.

La Secretaria.-


Abg. Margelys Casanova.-