REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO
PUERTO AYACUCHO, 11 DE OCTUBRE DE 2.005.
195° y 146°
Vista la presente solicitud de Autorización y sus anexos, recibidos por vía de distribución de la Presidencia de este Tribunal, presentada personalmente por el ciudadano CARLOS LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.-V.-8.177.314, actuando en representación del adolescente (IDENTIFICACIÓN OMITIDA), debidamente asistido por la abogada WENDY SCHARSCHMIDT, Defensora Pública Quinta con Competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente, mediante el cual solicita a este Tribunal, se le expida Autorización Judicial, al ciudadano antes mencionado, a los fines de realizar las gestiones pertinentes con el objeto de hacer efectivo el cobro de las cantidades que le correspondan al adolescente antes mencionado, en virtud de la póliza de seguro de vida dejada en su favor por la causante OLIVIA JOSEFINA VÁSQUEZ RICO, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.-V.-6.020.135. En consecuencia se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. Por consiguiente, expídase la referida autorización a nombre del ciudadano CARLOS LÓPEZ, ut-supra, a los efectos de que proceda a gestionar el cobro respectivo. Notifíquese de la presente admisión a la Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, abogada CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA. Cúmplase. Cúmplase.-
ABOG. JOSE ANGEL LUGO BLANCO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL UNIPERSONAL N° 02 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
LA SECRETARIA DE SALA
ABOG. GLORIA CARRILLO