REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
Puerto Ayacucho, Veintinueve (29) de Septiembre de 2.005.
195º y 146º

Vista la Apelación interpuesta por el ciudadano OTILIO ARENAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.255.472, en su carácter de parte demandada, debidamente asistido por la Abogada KALY BARRIOS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 65.723, contra la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 16-09-05, SE OYE LIBREMENTE LA APELACION, de conformidad con el artículo 290 en concordancia con el Artículo 294 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia remítase Original de este Expediente al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, para que conozca de dicha Apelación.-
EL JUEZ,

ABOGº. JUAN ANDRES MATTEY LIRA
LA SECRETARIA,

ESNEIDA CABALLERO

EXP. LAB.. Nº 2004-1.396.
Silvia.-