REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 16 de septiembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO: XP01-P-2005-000465
ASUNTO: XP01-P-2005-000465
AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN
JUEZ: Omaira Martínez de Vergara
PROCEDENCIA Fiscalía Segunda del Ministerio Público
DEFENSA: Pública Segunda Penal
SECRETARIA: Rima Kalek
AGRESOR: Eduardo José Zamora
VÍCTIMA María Crucita Ochoa Matute
En el día de hoy, viernes 16 de Septiembre de 2005, siendo las 9:00 a.m., se constituyó el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, con la presencia de la Juez Omaira Martínez de Vergara, la Secretaria Rima Kalek y el Alguacil Moisés Mirabal, en la oportunidad fijada para realizar la audiencia de Presentación del ciudadano Eduardo José Zamora, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.972.631, en la cual se considerará la aplicación del procedimiento abreviado, de conformidad con lo previsto en los artículos 34 en su único aparte y 36 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en concordancia con los artículos 372 numeral 2 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, y la aplicación de medidas cautelares de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 numerales 5° y 9° de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, a quien la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Amazonas, le imputa la presunta comisión de los delitos de Amenaza y Psicológica, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana María Crucita Ochoa Matute, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-10.663.892. Encontrándose presentes el Abogado Pedro Fernández, Fiscal Segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, la Abog. Elizabeth Carrasquel, en su condición de Defensora Pública Segunda Penal adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Amazonas, Acto seguido se dio inicio a la audiencia, y verificada la presencia de las partes se observa que no compareció la ciudadana María Crucita Ochoa Matute, en su condición de víctima, de igual manera se observa que el imputado de autos Eduardo José Zamora, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.972.631, no fue debidamente notificado ya que el mismo no tiene domicilio fijo según se evidencia de las actas y en vista de la incomparecencia de la víctima y del agresor. De seguidas se le concede la palabra al fiscal del Ministerio Público quien solicitó la devolución del expediente para seguir con la instrucción del mismo y lograr los elementos necesarios ya que no tiene domicilio fijo, Luego la defensa toma la palabra y manifestó su conformidad con lo expuesto por el fiscal del Ministerio Público. En consecuencia este Juzgado en vista de la solicitud del Ministerio Público acuerda la devolución del presente expediente a los fines de proseguir con la instrucción del mismo. Quedan notificadas las partes en este acto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, Así se decide, Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 10:00 a.m.
El JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA. OMAIRA MARTINEZ DE VERGARA
Representante del Ministerio Público
Abog. Pedro Elías Fernández
La Defensa
Abog. Elizabeth Carrasquel
La Secretaria,
Abog. Rima Kalek
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