REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO



EXPEDIENTE N°: 3435

SOLICITANTE: Abogada CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA, en su condición de Fiscal Tercera del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, actuando en este acto conforme a las atribuciones que le confieren los artículos 285, numerales 1°, 2° y 6° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 34 numerales 17°, 20° y 25° de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 170literal c) y f) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

MOTIVO: Homologación de Régimen de Visitas.

SENTENCIA: Interlocutoria.

FECHA: 03 de Abril de 2006.
- I -


Se inicio el presente procedimiento mediante escrito presentado por la Abogada CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA, en su condición de Fiscal Tercera del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, actuando en este acto conforme a las atribuciones que le confieren los artículos 285, numerales 1°, 2° y 6° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 34 numerales 17°, 20° y 25° de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 170literal c) y f) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, promovió la conciliación entre los progenitores del niño ISLANDER MIGUEL LAYA SANCHEZ, ciudadanos NELSIBETH DEL VALLE SANCHEZ DORANTE y GUILLERMO ESTIWAR LAYA, venezolanos, mayores de edad, del Hogar y Comerciante, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.506.560 y V-18.835.490 respectivamente, quienes llegaron a los siguientes acuerdos en relación a la fijación del Régimen de Visitas en beneficio de su hijo:

PRIMERO: Los Progenitores fijan un Régimen de visitas, donde el padre y el hijo, podrán compartir los fines de semanas de Viernes a Domingo, para así fomentar las relaciones directas entre padre e hijo.

SEGUNDO: Los ciudadanos NELSIBETH DEL VALLE SANCHEZ DORANTE y GUILLERMO ESTIWAR LAYA solicitan sea homologado el presente acuerdo conciliatorio, ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Amazonas. Es todo.”

Como medios probatorios del Régimen de Visitas la Representante del Ministerio Público, presentó copia fotostática de la partida de nacimiento del niño ISLANDER MIGUEL LAYA SANCHEZ, acta del convenio de Régimen de Visitas celebrado por los ciudadanos NELSIBETH DEL VALLE SANCHEZ DORANTE y GUILLERMO ESTIWAR LAYA, antes identificados, por ante el Despacho de la Representante del Ministerio Público del Estado Amazonas, en fecha veintidós (22) de Marzo de 2.006.


Revisada como ha sido la solicitud y sus recaudos esta Operadora Judicial observa lo siguiente:
1.- El beneficiario es niño, en razón de esta cualidad, sus progenitores están obligados a cumplir con el Régimen de Visitas.

2.- El domicilio del beneficiario es la ciudad de Puerto Ayacucho, por lo que de conformidad con el artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal es competente en razón del territorio para conocer la presente causa.

3.- Los acuerdos celebrados en relación Al Régimen de Visitas en beneficio del niño ISLANDER MIGUEL LAYA SANCHEZ, no son contrarios a su interés superior.

4.- El ente conciliador que solicita la homologación tiene cualidad para intentar la conciliación entre las partes y para solicitar la homologación según lo preceptúan los artículos 170 literal “f” y 376 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

Los artículos 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, atribuye a los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes, por lo que es procedente la solicitud formulada por el Representante del Ministerio Público.

En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de Régimen de Visitas suscrito por los ciudadanos NELSIBETH DEL VALLE SANCHEZ DORANTE y GUILLERMO ESTIWAR LAYA, ya identificados, por ante el Despacho del Representante del Ministerio Público del Estado Amazonas. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Cúmplase.



PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los tres (0) días del mes de Abril de 2006. Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.





ABOG. DANNY E. GÓMEZ T.
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS


EL SECRETARIO ACCIDENTAL,



ABOG. YORS ACUÑA

En esta misma fecha, siendo las 11:30 a.m, se publicó y registró la anterior sentencia, previo anuncio de Ley.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,


ABOG. YORS ACUÑA



DEGT/YA/YORS.
EXP. N° 3435