REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 7 de Diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000054
ASUNTO
OPCIÓN EFECTIVA A DESTACAMENTO DE TRABAJO
Obra en el Asunto Oficio de la Abog. Zaida Van Der Dijs, al cual adjunta “Informe Técnico Sobre Rasgos de Personalidad y Condiciones de Vida”, concerniente a la penada MARÍA LUISA CORTÉZ GARZÓN, titular de la Cédula de Ciudadanía colombiana N° 84.631.929, cuyo pronóstico es FAVORABLE a la medida solicitada: DESTACAMENTO DE TRABAJO.
Visto lo cual, este Tribunal en ejercicio de la competencia que le consagra el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: el otorgamiento de OPCIÓN EFECTIVA a la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena DESTACAMENTO DE TRABAJO, a la penada MARÍA LUISA CORTÉZ GARZÓN, aquí suficientemente identificada, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 500 (antes 501) del Código Orgánico Procesal Penal; sujeta su imposición al hecho de obrar en el Asunto los siguientes recaudos: Constancia de Buena Conducta expedida por la autoridad del Retén Policial; Oferta de Trabajo; copia del documento constitutivo de la empresa o sociedad oferente; y cédula de identidad de su representante legal (copia fotostática).
Y ASÍ SE DECIDE.
Notifíquese y publíquese la presente decisión. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
El Juez Ejecutor de Sentencias
Abg. Alberto Valdez Salas
La secretaria.
Abg. Margelis Casanova.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en autos.
La Secretaria.
Abg. Margelis Casanova.
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