Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 25 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000251
ASUNTO : XP01-P-2004-000251


AUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA.-

Por auto de fecha 26-04-05, este Tribunal de Ejecución le otorgó al penado ALEJANDRO ACEVEDO TOVAR YACAME, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.564.658, CONFINAMIENTO , de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta en 11-06-05 fecha en la cual cumplía totalmente la pena impuesta, fijándole en la debida oportunidad lo siguiente condición: “… Presentaciones periódicas, ante la Jefatura Civil de SAN FERNANDO DE APURE, hasta el ONCE (11) de Junio de 2.005…”
Ahora bien, por cuanto el citado penado ha cumplido a cabalidad con la obligación impuesta por este tribunal en la Ejecución de la sentencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda: la LIBERTAD PLENA por el cumplimiento de la pena impuesta al penado ALEJANDRO ACEVEDO TOVAR YACAME, anteriormente identificado, observándose que a la presente fecha el mismo ya cumplió la pena impuesta. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 44 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, quien fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) MESES, SEIS (06) DIAS, DIECISEIS (16) HORAS DE PRISION, por la comisión del delito de LESIONES AGRAVADAS, previsto y sancionado en el articulo 420 del Código Penal. En consecuencia, se ordena la remisión del presente asunto al ARCHIVO JUDICIAL para su guarda y custodia.- Y Así se decide.-
SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión a la Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Interior y de Justicia, Dirección de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y de Justicia, Fiscal Cuarta del Ministerio Público del Estado Amazonas, al Defensor, al penado.- Libérense los oficios correspondientes.- Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución de Sentencias.

Abg. América Alejandra Vivas H.

La Secretaria.


Abg. Margelys Casanova.-
Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede.
La Secretaria.


Abg. Margelys Casanova.-