REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 11 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2005-000692
ASUNTO : XP01-P-2005-000692

AUDIENCIA DE SOLICITUD DE PRORROGA

JUEZ: Omaira Martínez de Vergara
PROCEDENCIA Fiscalía Séptima del Ministerio Público
DEFENSA: Abg. Edita Frontado
SECRETARIO: Guillermo Marciales
IMPUTADOS: Edivan Viera Da Silva
Eugenio Vásquez Pena
José Orlando Magallanes
Andrés Olaya Aguilar
José Brazan,
VÍCTIMA El Estado Venezolano

En el día de hoy 11 de Enero de 2006, siendo las 09:00 am., se constituyó el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas en la sala de audiencias N° 2 de este Circuito Judicial, con la presencia de la Juez Dr. Omaira Martínez, el Secretario Guillermo Marciales y el Alguacil Renny Salillas, en la oportunidad fijada para realizar audiencia para considerar Solicitud de prórroga para presentar acto conclusivo, de conformidad con el parágrafo cuarto del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, realizada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en el asunto seguido a los ciudadanos los ciudadanos, Edivan Viera Da Silva, Brasilero, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía Colombiana N° 5.324.741, Eugenio Vásquez Pena, Brasilero, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° Indocumentado, el ciudadano José Orlando Magallanes, Brasilero, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía Colombiana N° 1.853.737, Andrés Olaya Aguilar, colombiano, de 20 años de edad, titular de la de ciudadanía N°1.121.820.444, y el ciudadano José Brazan, colombiano, de 22 años de edad, titular de la cedula de ciudadanía N:- 19.001.321, a quienes la Fiscalía Séptima del Ministerio Público les imputa la comisión del delito de Degradación de Suelo, Topografía y paisaje Actividades en Áreas Especiales o Ecosistemas Naturales y Extracción Ilícita de Materiales, previsto y sancionado en el artículo 43 y 58 de la Ley Penal del Ambiente, con la agravante del artículo 13 de la misma ley, en perjuicio del Estado Venezolano. Se da inicio al acto estando presentes la Abg. Nora Echavez, Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, el Abg. Mónica Rojas, Defensora Privada, la Interprete Marinalva Enrique Dos Santos Cedula de Identidad E-1769722-0 de nacionalidad Brasilera quien fue debidamente juramentada y los imputados de auto. A solicitud de la Defensa Abg. Edita Frontado, solicita que desea incorporar a la Defensa como Codefensora a la Abg. Mónica Rojas Inpre- Abogado bajo el N° 68284. Acto seguido se procedió a ser Juramentada, manifestando que jura cumplir fiel y cabalmente el cargo para el cual fue designada. Se le concede el derecho de palabra al Representante del Ministerio Público, quien manifiesta que en fecha 26 de Diciembre de 2005, presentó escrito en el cual solicita prorrogar el lapso establecido en el parágrafo cuarto del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en su parágrafo cuarto, por cuanto faltan algunas diligencias en cuanto a algunas pruebas de experticias químicas que se solicitaron a Ciudad Bolívar, para la presentación del acto conclusivo a que haya lugar en el presente asunto, seguido a los ciudadanos Edivan Viera Da Silva, Brasilero, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía Colombiana N° 5.324.741, Eugenio Vásquez Pena, Brasilero, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° Indocumentado, el ciudadano José Orlando Magallanes, Brasilero, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía Colombiana N° 1.853.737, Andrés Olaya Aguilar, colombiano, de 20 años de edad, titular de la de ciudadanía N°1.121.820.444, y el ciudadano José Brazan, colombiano, de 22 años de edad, titular de la cedula de ciudadanía N:- 19.001.321, a quienes la Fiscalía Séptima del Ministerio Público les imputa la comisión del delito de Degradación de Suelo, Topografía y paisaje Actividades en Áreas Especiales o Ecosistemas Naturales y Extracción Ilícita de Materiales, previsto y sancionado en el artículo 43 y 58 de la Ley Penal del Ambiente, con la agravante del artículo 13 de la misma ley, en perjuicio del Estado Venezolano . Se le concede el derecho de palabra a la Defensa Abg. Mónica Rojas quien solicita al tribunal que tenga en consideración que son personas que están privadas de libertad y que considere la solicitud de la representación Fiscal. Vistos y oídos los alegatos de las partes este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: El Tribunal otorga un lapso de diez días continuos
Se concede la prórroga de 10 días contados a partir del 11 de Enero de 2006, la cual vence el 21 de Enero de 2006. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman: Siendo las 10:11 a.m.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. Omaira Martínez de Vergara


El Defensor, La Fiscal,


Abg. Mónica Rojas Abg. Nora Echavez

Traductora

Marinalva Enrique Dos Santos

Los Imputados,

Edivan Viera Da Silva

Eugenio Vásquez Pena

José Orlando Magallanes


Andrés Olaya Aguilar

José Brazan,

El Secretario,

Abg. Guillermo Marciales