REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia Penal Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 10 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000029
ASUNTO : XP01-P-2006-000029
AUDIENCIA DE SOLICITUD DE PRORROGA
En el día de hoy Viernes 10 de Febrero de 2006, siendo las 04:00 pm, se constituyó el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas en la sala de audiencias N° 2 de este Circuito Judicial, con la presencia del Juez JAIRO AÑEZ OROPEZA, la Secretaria Prisci Acosta y el Alguacil Víctor Blanca, en la oportunidad fijada para realizar audiencia para considerar Solicitud de prórroga para presentar acto conclusivo, de conformidad con el parágrafo cuarto del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, realizada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, en el asunto seguido al ciudadano GOMEZ RIVERO JAIME EDUARDO, SILVA PEREIRA EVANGELISTA, MARIANO RABELO, ESCOBAR RAUL, RIVAS JESUS RAMON, MELGUEIRO DACOSTA CASSIA, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES, DEGRADACION DE SUELOS, TOPOGRAFIA Y PAISAJE, previsto y sancionado en el único aparte del articulo 43 y 58 de la Ley Penal del Ambiente. Se encuentran presentes el Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abg. Nora Echavez, el Defensor Público Abg. Elizabeth Carrasquel, en su carácter de defensor Público Segundo Penal, la Interprete del Idioma Portugués Edna Goncalvez de Acosta, titular de la Cedula de Identidad N° 18.505.997 y los imputados de autos. Se le concede el derecho de palabra al Representante del Ministerio Público, quien manifiesta lo siguiente:: “me dirijo a usted en la oportunidad de solicitar la prorroga, por el lapso establecido en el parágrafo cuarto del articulo 250 el Código Orgánico Procesal Penal, para la presentación del acto conclusivo a que haya lugar en este asunto, seguido contra los ciudadanos: GOMEZ RIVERO JAIME EDUARDO, portador de la Cedula de Ciudadanía colombiana N° 17.316.639 SILVA PEREIRA EVANGELISTA, portado de la Cedula de Identificación de Brasil N° 1204857-7, MARIANO RABELO, titular de la Cedula de Identidad N° Indocumentado, ESCOBAR RAUL, titular de la Cedula de Identidad N° 18.195.361, RIVAS JESUS RAMON, portador de la Cedula de Identidad N° 10.041.011 Y CASSIA MELGUEIRO DACOSTA, titular de la Cedula de Identidad N° 18.506.805, por la presunta comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES, DEGRADACION DE SUELOS, TOPOGRAFIA Y PAISAJE, previsto y sancionado en el único aparte del articulo 43 y 58 de la Ley Penal del Ambiente., el AUMENTO DE LA PENALIDAD, del articulo 13 de la Ley Penal del Ambiente, así como también lo previsto en el articulo 6 de la ASOCIACION y organizada en perjuicio del Estado, por cuanto el resultado de las diligencias requeridas por esta representación fiscal aún no han sido remitidas por parte de los órganos de investigación correspondientes, es todo”. Se le concede el derecho de palabra a la Defensora Publica a cargo de la Abg. Elizabeth Carrasquel, quien expone: “no tengo nada que objetar con la solicitud de la prorroga solo que pido que no sea de 15 días si no de 12 días, es todo”. Vistos y oídos los alegatos de las partes este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se concede la prorroga solicitada por el Ministerio Publico de 15 días contados a partir de la fecha de vencimiento del lapso original a los fines de que emita el acto conclusivo que considere conveniente de conformidad con lo establecido en el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 02:14 de la tarde.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
JAIRO ENRIQUE AÑEZ OROPEZA
La Fiscal del Ministerio Publico
Abg. Nora Echavez
La Defensora Pública
Abg. Elizabeth Carrasquel
Los Imputados
Jaime Eduardo Gómez Evangelista Silva Pereira Mariano Rabelo
Raúl Escobar Jesús Ramón Rivas Armando Cordero
Melgueiro Dacosta Cassia
La Secretaria
Abg. Prisci Acosta Rico
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