REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 20 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000142
ASUNTO : XP01-P-2006-000142




Visto el escrito suscrito por la Abg. Elizabeth del Carmen Carrasquel Álvarez, mediante el cual solicita se le otorgue autorización para viajar a la población de Turmero, Estado Bolívar, específicamente a la Bomba de Gasolina, vía al Aeropuerto, por cuanto requiere buscar un vehículo de su propiedad. Este Tribunal antes de emitir pronunciamiento, procede a la revisión del asunto;
En fecha 10 de febrero de 2006, se oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de presentación en la causa, seguida al ciudadano SILVA MATERAN FRANK ALEXANDER, a quien la Fiscalía Quinta del Ministerio Público le imputa la comisión del delito de Abuso Sexual contra Adolescente, previsto y sancionado en e! artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del Adolescentes, en perjuicio de la Adolescente MAYBERLIN JOSEFINA BUCUY de 17 años de edad. Se da inicio al acto, la Defensa señala y considera que los delitos que no exceden de la pena de tres años, lo que significa que es posible la aplicación de una medida cautelar, y la defensa se adhiere a la solicitud fiscal en cuanto a la imposición de una medida. Concluido la intervención de las partes el Tribunal Tercero de Primera Instancia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la aprehensión del imputado SILVA MATERAN FRANK ALEXANDER en flagrancia y se decreta la aplicación de las reglas del procedimiento ordinario, todo de conformidad con los artículos 248, 373 y 380 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse incuso en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en e! artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del Adolescentes, en perjuicio de la Adolescente MAYBERLIN JOSEFINA BUCUY de 17 años de edad. SEGUNDO: Se decreta la MEDIDAS CAUTELARES SUSTÍTUT1VAS DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contempladas en los numerales 3, 4 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Penal consistente en presentarse una vez a la semana los días viernes de cada semana por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito de las 8:30 am a 3:30 pm, PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL ESTADO Y POR ENDE DEL PAÍS SIN AUTORIZACIÓN DEL TRIBUNAL, Prohibición de no Comunicarse con la víctima MAYBERLIN JOSEFINA BUCUY y de acercarse al a la víctima.
En atención a la revisión, este Tribunal NIEGA LA SOLICITUD del imputado SILVA MATERAN FRANK ALEXANDER, por considerar que las condiciones impuestas son de estricto cumplimiento, salvo excepciones relacionadas con la salud del acusado. . Notifíquese al solicitante. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS , a los veinte (20) días del mes de febrero de Dos Mil seis (2006). Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación

EL JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. RAFAEL ANTONIO URBINA VIVAS
LA SECRETARIA,

ABG. EVELYN MENDOZA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA,

ABG. EVELYN MENDOZA