REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 18 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000417
ASUNTO : XP01-P-2006-000417

LIBERTAD PLENA POR SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

En fecha 20-JUN-2006, el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, declaró con lugar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL (POR PRESCRIPCIÓN) y en consecuencia DECRETÓ el SOBRESEIMIENTO en la causa seguida al ciudadano NIEVES GUARULLA JOSE ADEXIS, venezolano, mayor de edad, natural de esta ciudad, residenciado en la Urbanización San Enrique, casa N° 673, diagonal a la bodega del señor PAYEMA, titular de la cédula de identidad N° 14.565.019, por el delito de ACTO CARNAL previsto y sancionado en el artículo 379 del Código Penal derogado, en perjuicio de su hija la adolescente LESBIA MARIA ESPINZA, en hecho ocurrido en enero de 2001..

Firme la sentencia nos la fue remitida con el Asunto en cuestión en fecha 04-JUL-2006, dándosele entrada el día 06 subsiguiente, con el correspondiente avocamiento del Tribunal para conocer de dicha causa.

En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LIBERTAD PLENA POR SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al ciudadano NIEVES GUARULLA JOSE ADEXIS, aquí suficientemente identificado, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 0rdinal 3°, concordados, del Código Orgánico Procesal Penal y 44 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Y ASÍ SE DECIDE.-

Notifíquese y publíquese la presente decisión. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
El Juez de Ejecución de Sentencias


Abog. Alberto Valdez Salas


La Secretaria

Abog. Margelys Casanova
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior
La Secretaria.

Abog. Margelys Casanova